La puesta en marcha del teleprocedimiento para la presentación desmaterializada de las declaraciones IOTA estará disponible este lunes 25 de julio en el sitio web service-public.fr. En esta fecha se espera la publicación del decreto de aplicación.

La ventaja del teleprocedimiento es que activa automáticamente los plazos de instrucción y, por tanto, un inicio más rápido del procedimiento. Así, la decisión de la autoridad se transmitirá de forma desmaterializada, lo que reduce considerablemente los retrasos.

Sin embargo, el uso del procedimiento sigue siendo opcional para el usuario. La presentación de un expediente en papel seguirá siendo una posibilidad.

Entre los cambios que introduce el decreto que se publicará el lunes, se encuentran los siguientes:

La posibilidad de que el jefe de proyecto haga que el expediente sea presentado por un apoderado. En este caso, el representante debe descargar el mandato.

Desde el momento en que se inicia una presentación desmaterializada, el agente tiene 30 días para finalizarla.

Además, una vez presentado el expediente, el agente recibirá automáticamente el justificante de la declaración, lo que acortará el tiempo de realización del trámite en comparación con el procedimiento en papel.

A continuación, si el "expediente está completo", se abrirá el periodo de instrucción de 2 meses, durante el cual la autoridad podrá pedir información al declarante:

- Dentro de los 15 días siguientes a la presentación, si se activa la cláusula de red,
- O durante todo el período de evaluación para proporcionar información adicional.

En caso de solicitud de suplementos, la respuesta del propietario del proyecto debe adoptar la misma forma que la presentación inicial de la declaración:

- Si el declarante ha utilizado el teleproceso, será redirigido a service-public.fr
- En cambio, si el declarante ha presentado un expediente "en papel", deberá enviar sus respuestas a la ventanilla.

Además, cuando el proyecto se realiza en varios departamentos, el expediente debe enviarse al prefecto del departamento en el que se va a realizar la operación en la mayor parte de su superficie. Sin embargo, es necesario mencionar a los demás departamentos afectados. Por último, es el prefecto quien pedirá la opinión de los demás prefectos afectados por el proyecto.

La información sensible no se introduce en el teleproceso; debe enviarse al prefecto en un sobre aparte.

Actualmente, los proyectos sujetos a una declaración IOTA y a una declaración de interés general todavía no pueden presentarse en formato electrónico.

Además, todavía no es posible utilizar el teleprocedimiento para renovar autorizaciones, cambiar beneficiarios o hacer modificaciones. Todos estos procedimientos siguen siendo en papel.

Una de las novedades introducidas por el decreto es la obligación de que el solicitante incluya en el expediente un nuevo documento que certifique que es el propietario del terreno o que tiene derecho a realizar su proyecto o que está en marcha un procedimiento que le otorga ese derecho.

Además, el resumen no técnico debe estar separado del documento de impacto ambiental.
Por último, las órdenes de prescripción general (APG) están disponibles en el sitio web de AIDA.

En conclusión, el teleprocedimiento para la declaración de la IOTA agiliza sin duda los pasos que deben dar los propietarios de los proyectos. Sin embargo, muchos procedimientos siguen siendo en papel.